Es deudor el propietario que no esté al día en sus pagos a la comunidad. La deuda puede afectar a las cuotas de gastos ordinarios o a derramas por gastos extraordinarios que hayan sido debidamente aprobados y que sean sin embargo exigibles a los miembros de la comunidad. No es justo pero hacerlo y si os dice algo les dejais usarlo y asunto con